La Unión Europea y los entes de Aviación Civil han adoptado nuevas normas de seguridad que limitan la cantidad de sustancias líquidas que está permitido introducir a través de los puntos de control de seguridad del aeropuerto y en el equipaje de mano.
Qué está permitido llevar a mano
En el momento de preparar su propio equipaje: está permitido llevar una pequeña cantidad de líquidos en el interior del equipaje de mano. Estos líquidos deberán estar contenidos en recipientes, cada uno de ellos de capacidad máxima de 100 ml o su equivalente (100 gramos). Estos recipientes deberán estar introducidos en una bolsa de plástico transparente y herméticamente cerrada, con capacidad no superior a 1 litro o de las siguientes dimensiones: 18x20 cms. Sólo estará permitida una bolsa de plástico por pasajero.
Es posible transportar las medicinas y sustancias destinadas a fines dietéticos particulares (incluidos alimentos para niños) necesarias para la duración del viaje. Se le podría pedir pruebas de la efectiva necesidad de llevar consigo tales artículos.
Es posible comprar cualquier artículo (incluidos líquidos y fluidos) en los puntos de venta, situados tras pasar los controles de seguridad, o a bordo de los aviones de compañías aéreas pertenecientes a la Unión Europea. Para vuelos que prosiguen en tránsito, encontrará más información sobre la modalidad de confección en los puntos de venta.
Sustancias consideradas líquidos
- gel
- pasta de dientes
- mezclas de sustancias líquidas/sólidas
- lociones
- contenido de recipientespresurizados, es. dentífrico
- gel para el cabello
- bebidas
- sopas
- jarabes
- perfumes
- aerosoles
- otros productos de análoga consistencia
A QUIÉN SE APLICAN ESTAS NORMAS
Estas medidas se aplican a los pasajeros con salida desde todos los aeropuertos del territorio de la Unión Europea incluidas Noruega, Islandia y Suiza, hacia cualquier destino.