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SU VIAJE
Documentos de viaje para residentes en Argentina
Documentos de viaje para residentes en Argentina
Algo fundamental para la organización del viaje es verificar cuáles son los documentos necesarios para entrar en el país al que se dirige y países de tránsito.
Para agilizar el tránsito en aeropuerto, le mostramos aquí la información relativa a la documentación necesaria para su viaje.
Además le recomendamos antes de partir de completar la tarjeta de migraciones que le será requerida por las autoridades argentinas al ingreso y egreso del pais.
Documentación que deberá presentar todo argentino para salir del país a un país No limítrofe:
Pasajeros Mayores de Edad: Pasaporte de su nacionalidad vigente y visa en caso de corresponder. El documento deberá estar en buen estado de preservación.
Pasajeros Menores de Edad: Si viajan con ambos padres:
- Pasaporte Argentino Vigente. El documento deberá estar en buen estado de preservación.
- Partida de Nacimiento, o Libreta de Matrimonio; con el fin de demostrar paternidad.
- Si viajan solos/ o en compañía de solo uno de sus padres:
Permiso/Autorización de Viaje del padre faltante : Si Ud. vive en la Ciudad de Bs. As., dicho permiso lo tramita ante escribano público y lo legaliza ante el Colegio de Escribanos de esta ciudad; si su domicilio es de Provincia, similar trámite u opcionalmente ante la justicia en lo civil del departamento judicial de su zona. - Partida de Nacimiento, o Libreta de Matrimonio; con el fin de demostrar paternidad.
CASO A- SI EL MENOR SALE EN COMPAÑÍA DE SUS DOS PADRES Documento de viaje (DNI o Cédula vigente, si se viaja a países limítrofes; Pasaporte al resto del mundo)
Partida de nacimiento del menor o libreta de familia donde esté asentado el menor.
CASO B- EL MENOR SALE CON UNO DE SUS PADRES Documento de viaje (DNI o Cédula vigente, si se viaja a países limítrofes; Pasaporte al resto del mundo).
Partida de nacimiento del menor o libreta de familia donde esté asentado el menor.
Autorización del otro progenitor dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente.
CASO C– EL MENOR NO SALE CON SUS PADRES
Es la única operatoria que se modificó en protección de los menores y a efectos de evitar el tráfico de los mismos.
1) MENOR QUE SALE SOLO
Documento de viaje (DNI o Cédula vigente, si se viaja a países limítrofes; Pasaporte al resto del mundo)
Partida de nacimiento del menor o libreta de familia donde esté asentado el menor.
Autorización de los padres dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente con los siguientes requisitos:
- 0 a 14 años de edad: La autorización de los padres debe contener país de destino y datos de la persona que lo recibirá (nombre, apellido, tipo y número de documento y domicilio)
- 14 a 18 años: La autorización de los padres solo debe contener país de destino
- 18 a 21 años: Alcanza con la autorización de salida al exterior de los padres dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente.
Documento de viaje (DNI o Cédula vigente, si se viaja a países limítrofes; Pasaporte al resto del mundo)
Partida de nacimiento del menor o libreta de familia donde esté asentado el menor.
Autorización de los padres dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente con los siguientes requisitos:
- 0 a 18 años: Debe contener país de destino y datos de la persona que lo acompaña (nombre, apellido, tipo y número de documento y domicilio)
- 18 a 21 años: Alcanza con la autorización de salida al exterior de los padres dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente.