1) Comunicación de los datos personales antes de la salida
Obligatorio a partir del 6 de septiembre de 2010.
Para un sistema de control de fronteras más eficaz y una mejor gestión de las operaciones de facturación y de embarque a bordo de los vuelos desde/hacia Estados Unidos, las autoridades americanas exigen que cada pasajero, en el momento de la reserva/emisión del billete, y en cualquier caso al menos 72 horas antes de la salida, facilite los siguientes datos personales: nombre y apellido/s (idénticos a los recogidos en el pasaporte), fecha de nacimiento, sexo, eventual número de identificación (código asignado por las autoridades americanas a los pasajeros cuyos nombres han sido introducidos erróneamente en la lista de personas bajo sospecha).
El pasajero que no facilite estos datos no podrá viajar desde/hacia Estados Unidos.
Los datos necesarios pueden ser facilitados, modificados o actualizados directamente en la web o bien contactando nuestro Call Center (0810-777-2548).
2) Programa “Viaje sin Visado” (Visa Waiver Program)
Si viaja por un periodo de tiempo no superior a 90 días y tiene ya el billete de regreso, y si su país de nacionalidad pertenece al “Programa Viaja sin Visado”, o si es nativo de uno de dichos paises, podrá viajar a Estados Unidos solicitando previamente una simple autorización de viaje denominada ESTA, sin necesidad de solicitar un visado de entrada, siempre y cuando esté en posesión de un pasaporte:
- de lectura óptica emitido o renovado antes del 26 de octubre de 2005
- con foto digital emitido o renovado entre el 26 de octubre de 2005 y el 25 de octubre de 2006
- electrónico emitido o renovado a partir del 26 de octubre de 2006
Cada pasajero, incluido niños y recien nacidos, debe poseer un pasaporte individual, según el criterio expuesto anteriormente.
Los países que se han adherido al Programa "Viajar sin visado" son los siguientes: Alemania, Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, Corea del Sur, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido, República Checa, Malta, San Marino, Singapur, Suecia y Suiza.
Por tanto si cumple con los requisitos indicados, y si viaja directamente, y/o en tránsito, hacia Estados Unidos, para poder acceder a este Estado deberá solicitar por adelantado una autorización de viaje, denominada E.S.T.A (Electronic System for Travel Authorization) que es efectuada vía Internet en la página correspondiente,
y a partir del 8 de septiembre de 2010 previo pago de 14$ directamente en la página web E.S.T.A.
En ausencia de la autorización E.S.T.A. las autoridades estadounidenses no consentirán el embarque en el vuelo.
3) Recogida de datos personales trámite improntas digitales y fotografía
Los pasajeros que lleguen a Estados Unidos deberán someterse a un procedimiento, efectuado en el mostrador de inmigración, que prevé la recogida de datos personales trámite el archivo de improntas digitales de los 10 dedos o de fotografías.
Con el fin de verificar la idoneidad de sus documentos para acceder al país, le rogamos que contacte con suficiente tiempo de antelación con el consulado americano o que visite la página web de la Embajada de Estados Unidos.
4) Comunicación de datos personales al volar a Canadá o Japón
Si viaja a Canadá o Japón debe facilitar sus datos personales: lo puede realizar directamente online.