Desde el 1 de febrero de 2007, las autoridades japonesas exigen obligatoriamente, de conformidad con el Partial Amendment of the Immigration Control and Refugee Recognition Act [Enmienda parcial de la Ley de control de la inmigración y reconocimiento del estatuto de refugiado], los datos personales que figuran en el pasaporte, para todos los pasajeros con destino Japón.
La transferencia de datos de los pasajeros a las autoridades japonesas es una condición para operar servicios de transporte aéreo con destino Japón.
Si un pasajero no prestare su consentimiento a la transferencia de dichos datos, su negativa conllevaría, por consiguiente, la imposibilidad para el mismo de viajar a Japón.
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